www.paquebote.com > MARIA RODRIGUEZ
Desde hace décadas, el debate jurídico sobre la planificación y los planes ha tenido dos importantes polos de atracción: la planificación económica y la planificación urbanística. Pero planificación y planes existen prácticamente en cualquier ámbito de actuación del poder ejecutivo. En esta obra se analiza el plan, en primer término, en el contexto de las formas de actuación de la administración, que todavía tienen una fuerza estructurante en la parte general del Derecho administrativo; y se propone, a continuación, una clasificación de los planes que permite ensayar una escala de la planificación en atención a su función directiva conforme a dos criterios: el volumen de la actividad administrativa dirigida por el plan y la fuerza vinculante de sus determinaciones. El estudio se completa con el tratamiento, entre otras cuestiones, del procedimiento de aprobación de los planes y su (parcial) europeización; así como de su control judicial a través de los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
sta obra colectiva surge del trabajo realizado durante dos años por un equipo de investigadores/as europeos y profesionales de ONG con gran conocimiento y experiencia en el campo de la discapacidad intelectual que han colaborado en el proyecto «Derribando barreras y construyendo puentes: Fortalecimiento de las competencias de ciudadanía activa y las habilidades de participación cívica entre los adultos jóvenes con discapacidad intelectual», financiado por la Comisión Europea a través del programa Erasmus+ (020-1-ES01-KA204-081996) (2020-2022).
La obra se basa en la premisa de considerar a todos los individuos como sujetos de derechos en términos generales; en concreto, el derecho a participar activamente en los «asuntos comunes» que nos conciernen como ciudadanía en sociedades complejas: calentamiento climático, igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, la construcción de entornos pacíficos y justos, etc. Las diferentes aportaciones de este volumen muestran, desde una visión teórico-práctica cómo construir sociedades más inclusivas y democráticas implicando a las personas con discapacidad intelectual desde la perspectiva de los derechos humanos y de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).
La obra ofrece orientaciones y propuestas flexibles para que quienes se interesen por la educación (pedagogía, psicología, educación social, trabajo social, antropología, incluido el estudiantado de formación inicial del profesorado) cuenten con los medios y las herramientas necesarias para afrontar los diversos ámbitos de exclusión a los que se enfrentan las personas con discapacidad intelectual. La obra aspira también a ser un espacio de debate para los equipos directivos y de gestión de entidades del tercer sector que trabajan con personas con discapacidad intelectual, y a convertirse en un elemento más para examinar sus propios proyectos y programas formativos.
Esta monografía analiza y valora el impacto que la liberalización del transporte aéreo ha tenido sobre las condiciones de trabajo del personal que presta servicios a bordo de las aeronaves (pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros). La autora resume la evolución de la regulación del transporte aéreo desde sus orígenes hasta la actualidad haciendo especial hincapié en lo acaecido en el ámbito comunitario. Las transformaciones experimentadas en el sector aeronáutico en las últimas décadas han dado lugar a una fuerte competencia transnacional que se ha traducido en la contención de costes laborales por parte de los operadores aéreos y, en la consiguiente merma y precarización de las condiciones laborales del personal aéreo. La irrupción de las aerolíneas low cost en el mercado aéreo comunitario, la presencia de sujetos intermediarios, las nuevas fórmulas de contratación ultraflexibles o el falso desplazamiento de trabajadores son algunas de las cuestiones que se abordan y a las que se da respuesta en este trabajo. Asimismo, se analizan los principales problemas jurídicos existentes en la normativa comunitaria -no pensada para sectores trasnacionales y extraterritoriales como el caso del transporte aéreo- y su reflejo en los pronunciamientos judiciales más relevantes de los últimos años.
El Derecho es una de las formas de dirigir la actividad de la Administración, pero no es la única. Política, Derecho y presupuestos han sido formas tradicionales de dirigir (y dotar de legitimidad democrática a) la actividad administrativa que cuentan con un reconocimiento constitucional: el Gobierno dirige (también políticamente) la Administración (art. 97 CE); la Administración actúa con sometimiento pleno a la ley y al Derecho (art. 103.1 CE); y lo que gasta la Administración debe ser autorizado por el Parlamento a través de los presupuestos (art. 66.1 CE en relación con el art. 134.2 CE). Hablar de las fuentes del Derecho administrativo es hablar de quién puede elegir y utilizar el Derecho como forma de dirigir la actividad de la Administración; o, expresado de otra manera, quién puede imponer a la Administración sus decisiones como mandatos jurídicos, que desencadenan las específicas consecuencias de estos. En esta obra se presenta un sistema de fuentes del Derecho administrativo del que forman parte cuestiones clásicas (como la derogación de las normas o la ley concreta y singular), temas relativamente nuevos (como el soft law, las normas técnicas de origen privado o la evaluación normativa) y temas viejos tratados con planteamientos modernos (el ámbito de vigencia territorial de la norma jurídico-administrativa y el principio europeo de reconocimiento mutuo o una propuesta de construcción sistemática de los límites o prohibiciones constitucionales relativos a la retroactividad de las normas, por ejemplo).
Un libro genial para ayudar a los más pequeños a familiarizarse y comprender el evangelio que leemos en misa,
Los pactos de pre-ruptura conyugal son negocios jurídicos en virtud de los cuales los cónyuges o futuros cónyuges prevén de manera anticipada las consecuencias económicas que pudieran derivarse de su eventual y futura ruptura. Tras el rechazo inicial hacia los mismos por su posible contrariedad con el orden público, en la actualidad ya han sido reconocidos en muchos sistemas jurídicos, teniendo como punto de partida el Derecho Norteamericano. Dentro del ordenamiento jurídico español y ante la laguna existente en el Código Civil, se ha admitido su validez por parte de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (de forma muy clara en la STS de 24.6.2015) y por las sentencias de las Audiencias Provinciales, además de por el Derecho Civil autonómico. Estos acuerdos constituyen una expresión de la autonomía de la voluntad que posibilita que los otorgantes puedan elegir otras consecuencias económicas diferentes a las previstas por el legislador en caso de divorcio y separación. Pero indudablemente se abre un debate sobre los límites a los que han de sujetarse, cuestionándose en todos los sistemas jurídicos si estos pactos podrán también abarcar ciertos ámbitos, como la cobertura de las necesidades y la compensación económica de los cónyuges tras la ruptura, que son reflejo de la solidaridad postconyugal. Esta obra desarrolla de forma exhaustiva el control al que deben someterse tanto en el momento de su celebración como en el momento de su ejecución.