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En el presente trabajo abordamos con un enfoque teórico y práctico a la vez las principales cuestiones y problemática que presenta el aseguramiento del transporte terrestre de mercancías. Para ello es basilar la regulación tanto de la ley de contrato de transporte terrestre de mercancías como la propia norma de contrato de seguro y los artículos ad hoc que al mismo se dedican. Buscamos el dinamismo, el análisis, pero ante todo, el resultado, la efectividad práctica aportando soluciones e indicando propuestas y mejoras ante los numerosos flancos que la práctica destapa y a los que legalmente no se les ha dado solución. Estudiamos a su vez los mejores aportes doctrinales que en este ámbito doble, el contrato de transporte y el contrato de seguro, han prodigado a este contrato particular. Asimismo se radiografía lo mejor de nuestra jurisprudencia como una permanente ventana abierta a la realidad del tráfico y que detecta y procura solucionar el conflicto de intereses, la responsabilidad y la cobertura aseguraticia cuando condicionados y garantías no resultan claras.
En este libro se realiza un tratamiento claro, comprensible, lógico y sistemático del Derecho de Daños, constituyendo una herramienta eficaz para el conocimiento de esta materia. El contenido del libro incluye todos los aspectos teóricos y prácticos necesarios, expuestos de forma ordenada. Cada capítulo se abre con un esquema inspirado en las modernas técnicas de los cuadros sinópticos y mapas conceptuales. El texto está redactado de forma ágil y amena con ejemplos allí donde son necesarios y la cita de jurisprudencia es amplia tanto en cantidad, como en extensión. Por último, al final de cada capítulo hay una Bibliografía recomendada que es accesible para cualquier estudioso de la materia. El libro es idóneo para el conocimiento del Derecho de Daños requerido por alumnos universitarios que cursen asignaturas con este temario y resulta útil para cualquier operador jurídico que encontrará, además de la exposición rigurosa y extensa y los esquemas, la jurisprudencia y bibliografía necesarias para profundizar en la materia.
Tras la extraordinaria acogida que tuvo la primera edición de La masa pasiva del concurso de acreedores publicada hace ahora dos años, y que era fruto, síntesis, y sistematización del trabajo realizado durante años del estudio de los privilegios, los acreedores y la verificación de créditos, nos proponemos en esta nueva edición exponer, enjuiciar, valorar el impacto que la última de las reformas concursales ha tenido, tiene y probablemente tendrá en el desarrollo efectivo y diario de la ley y, sobre todo, de los concursos de acreedores, pero también el testimonio más vivo y real, rico y plural que está constituido por los ingentes pronunciamientos jurisprudenciales en todos los órdenes ya sobre masa pasiva en el concurso de acreedores. Han sido, son y sin duda seguirán siendo muchos y múltiples los problemas que la determinación objetiva, pero sobre todo, más correcta y justa, entraña y desentraña la clasificación de los créditos. Autos y sentencias dan buena fe y prueba de ello a lo largo de estos años. A veces arrojan también soluciones que aparentemente estaban ahí pero nadie las había interiorizado. Otras dejan en evidencia lagunas y flancos, cual flecos, que no sabíamos ver. Otras en cambio, enquistan aún más una armónica solución. Nos compete a todos enjaezar y enderezar esos caminos y hacerlos lo más justo y verdaderamente posible. Y es que determinar es ordenar. Y hacerlo ante una concurrencia, la que predica y vindica la concursalidad. Concurrencia que no es sino la consecuencia inmediata del principio de concursalidad, que conjunta e inescindiblemente con la pars condicio omnium creditorum sientas dos máximas cual axiomas y prontuarios de toda norma concursal, aunque la realidad acaba, por sus resultados, relegando un tanto. Pero es una concurrencia disímil. Donde no todos ocupan ni tienen por qué ocupar igual posición. Al contrario. Configurar la masa pasiva, significa e implica finalísticamente, ordenar, clasificar, priorizar, pero también relegar a unos y otros acreedores concurrentes al procedimiento de insolvencia. Hemos traído lo mejor de nuestra doctrina, rica, prolífica como pocas, también de la foránea, no toda. Hemos visto que los problemas de aquí son también los problemas de allí, que las soluciones se van mimetizando, acercándose. Es nuestro deseo que esta obra, más completa, más actualizada, si cabe más crítica, sea útil. Que arroje más claridad que penumbra, que el lector pueda hallar en su consulta alguna veta para solucionar sus dudas, sus cuestionamientos, sus posturas. Y hoy como ayer, en la primera edición, pero también cuando publicamos nuestra primera obra sobre derecho concursal allá por 2004, el mismo interrogante, tal vez impenitente, ¿tenemos una buena norma concursal?, ¿para cuándo en su caso, una regulación definitiva, más completa, más útil sobre todo en el ámbito de la insolvencia de la persona física y más eficiente?